Ataque a Cristina Kirchner: reducen los cargos contra Revolución Federal

Sus procesamientos fueron parcialmente confirmados. Los jueces Bruglia y Bertuzzi los acusaron de "incitación a la violencia colectiva" y quitaron la "asociación ilícita". Para Llorens, la paz social no fue alterada por los imputados

Revista Veintitrés

La Cámara Federal porteña confirmó los procesamientos sin prisión preventiva de Jonathan Morel y los otros tres miembros de la agrupación Revolución Federal, pero cambió la figura penal a "incitación a la violencia colectiva" en la causa en la que es querellante la vicepresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Con el cambio de carátula enfrentan una condena menor y una baja sustancial del embargo que se les impuso.

El Tribunal de Apelaciones confirmó "parcialmente" los procesamientos dispuestos por el juez federal Marcelo Martínez De Giorgi a Jonathan Ezequiel Morel, Leonardo Franco Sosa, Gastón Ezequiel Guerra y Nilda Sabrina Basile y modificó la calificación legal a "coautores penalmente responsables del delito de incitación a la violencia colectiva", que contempla un castigo de 3 a 6 años de prisión, un máximo de dos años menos que el delito de tratar de "imponer sus ideas o combatir las ajenas por la fuerza o el temor" que los tenía imputados hasta ahora.

Con este fallo, además, el embargo, que era de 9 millones de pesos, quedó reducido a 4 millones.

Ataque a Cristina Kirchner: reducen los cargos contra Revolución Federal
Los integrantes de Revolución Federal, en la marcha del #9J, en Plaza de Mayo
De qué delito se acusa a los integrantes de Revolución Federal

Con la decisión, los jueces descartaron el planteo de Cristina Kirchner, quien es querellante en la causa, y reclamaba que se los impute por haber atentado contra el orden democrático y que sus expresiones fueron el detonante del atentado que la tuvo como víctima el 1 de septiembre.

Los cuatro integrantes de Revolución Federal fueron detenidos poco después del intento de magnicidio, en octubre del año pasado, en el marco de una causa que investiga amenazas de muerte contra Cristina Kirchner, Máximo Kirchner y Alberto Fernández.

Los abogados de Cristina Kirchner consideraron entonces que existía un vínculo entre esa organización y el intento de magnicidio perpetrado por Fernando Sabag Montiel y reclamaron a la jueza a cargo de la causa, María Eugenia Capuchetti, que investigara el rol de la organización dentro de la trama del intento de homicidio, pero tanto la jueza Capuchetti como el camarista Mariano Llorens estuvieron en desacuerdo en unificar las investigaciones, que finalmente se tramitan por separado.

Llorens volvió a opinar ahora en la causa y descartó cualquier conexión con el atentado contra la vicepresidenta.

Martínez De Giorgi había escuchado el reclamo de los abogados de la vicepresidenta de la Nación y los había procesado por estar vinculados a "un plan criminal, consistente en imponer sus ideas y combatir las ajenas por la fuerza o el temor, utilizando para ello distintas redes sociales y medios masivos de comunicación".

Por medio de estos mecanismos "realizaban manifestaciones intimidantes, planeaban, coordinaban y difundían mensajes de odio y declaraciones violentas en contra de las actuales autoridades del Poder Ejecutivo Nacional y sus simpatizantes", entendió el juez del caso.

Procesamientos confirmados, pero por un delito menor

El fallo del Tribunal de Apelaciones, en cambio, consideró que si bien la Constitución Nacional consagra el derecho a la libertad de expresión, en este caso hubo una vulneración de otros derechos y esta libertad “encuentra ciertos límites que se compadecen con el debido resguardo que también se debe a esas otras esferas”.

El fallo fue firmado por los miembros de la sala I Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi con disidencia de Mariano Llorens.

"Revolución Federal no parecería poseer en principio, a partir del análisis efectuado por el magistrado de grado en su resolución, la entidad para ser considerada una asociación ilícita destinada a combatir ideologías", sostuvieron los jueces al cambiar la figura penal.

"Sí entendemos que las manifestaciones y conductas llevadas adelante por los encartados reúnen la entidad necesaria para ser provisoriamente consideradas como un estímulo a la violencia contra un grupo de personas", concluyeron.

Para Llorens, la paz social no fue alterada por Revolución Federal

Llorens, en cambio, avaló el comportamiento de la agrupación y la enmarcó en la libertad de expresión: “Revolución Federal es una congregación de personas que se han unido en base a comulgar con las mismas ideas de descontento social, con el objeto de expresar y manifestar sus pensamientos, aunque sin la capacidad de organización y predicamento que pudiera otorgarle la capacidad de imponerlas por la fuerza o el temor”.

El juez fue más allá y afirmó que la paz social no fue alterada por Revolución Federal y que no hay ninguna conexión con el atentado contra la vicepresidenta. “No hay elemento objetivo alguno que permita conectar esta causa con aquella en la que se investiga la tentativa de homicidio”, sentenció.

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