MEDIDA CAUTELAR

La Cámara del Trabajo suspendió las modificaciones laborales del DNU de Milei

La Justicia resolvió dar marcha atrás con las modificaciones laborales "hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo"

Redacción Veintitrés

La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo suspendió el Título IV Trabajo del DNU de desregulación de la economía del presidente Javier Milei mediante una medida cautelar.

La Justicia levantó el receso judicial para tratar el recurso presentado por la CGT contra el DNU y se espera que se retroceda con las modificaciones laborales hasta que se resuelva definitivamente la cuestión de fondo vinculada al análisis de constitucionalidad de la reforma realizada mediante el megadecreto. 

De esta manera, la Justicia resolvió dar marcha atrás con las modificaciones laborales: "Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Titulo IV Trabajo del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados", decidieron los jueces por mayoría.

La decisión fue adoptada con los votos de los magistrados José Alejandro Sudera y Andrea García Vior, que integran la sala de feria de la Cámara del Trabajo junto con la jueza Dora González, que postuló remitir la causa a la Cámara Contencioso Administrativo Federal para que defina qué fuero debe tramitar el expediente.

Los mandatarios agregaron: "Varias de las normas que el Poder Ejecutivo Nacional pretende modificar sin darle intervención a los legisladores tienen naturaleza represiva o sancionatoria al punto que se las ha incluido como integrativas del derecho penal laboral, calificadas como 'leyes antievasión'".

Los jueces destacaron, además, que "no se explica cómo las reformas planteadas, de aplicarse en forma inmediata y por fuera del trámite normal de sanción de las leyes, podrían remediar la situación referida a la generación de empleo formal, máxime cuando el propio decreto reconoce que se encuentra estancada hace 12 años, lo que impide -en principio- considerar la irrupción de alguna circunstancia súbita, imprevisible o de extrema 'excepcionalidad'".

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